A partir del 25 de abril del 2019, fecha en que se promulgó la ley 21.152 “Ley Miscelánea” se establece que aquellos profesionales que se encuentren reconocidos en el Sistema de Desarrollo Profesional Docente en los tramos Experto I o II, quedarán exceptuados de la Evaluación Docente, es decir, no deberán rendir ninguno de los 4 instrumentos. Por otra parte, si un/a docente desea rendir el instrumento Portafolio, deben contactar directamente a su coordinador/a comunal o territorial (Jefe/a DAEM, Director/a de la Corporación de Educación Municipal, o Director/a Ejecutivo/a del Servicio Local según corresponda durante el período de inscripción e informárselo, en caso contrario no será inscrito en el proceso.
Cada coordinador/a comunal o territorial es responsable de levantar el Registro de Docentes y educadoras/es a evaluar en su comuna o territorio.