En el contexto de la Evaluación Docente, todo/a docente que suspendió en el periodo evaluativo 2020 y 2021 deberá evaluarse obligatoriamente este 2022, ello gracias a la modificación de la Ley 21.373, la misma que posibilita que quienes deben realizar la evaluación de este año 2022 podrán suspender su evaluación para el año inmediatamente siguiente o evaluarse voluntariamente durante ese mismo año.
Asimismo, a un/a docente le corresponde evaluarse dado que pertenece a la dotación docente de un establecimiento Municipal o de Servicios Locales de Educación. También como requisito obedece a que el o la docente ejerce en aula como titular en alguna de las asignaturas, modalidades o niveles que corresponde evaluar en el periodo.
Por otro lado, en el contexto del Sistema de Reconocimiento, la obligatoriedad está dada por el tramo del docente y asignaturas convocadas, de acuerdo con el año de la resolución en que el establecimiento fue seleccionado para carrera docente. Sobre este aspecto, puede remitirse a la Resolución Exenta respectiva del año evaluativo.
En este mismo contexto, los/as docentes en tramos Inicial y Temprano deben participar obligatoriamente del Sistema de Reconocimiento, si les corresponde por periodicidad, cada 4 o 2 años dependiendo de cada caso. Si no cumplen con lo anterior, es posible que se les aplique el artículo 19P de la Ley N° 20.903 y pierdan el derecho a recibir la Asignación de Tramo hasta que cumplan con esta obligación.