Aquellos y aquellas docentes que sin causa justificada se niegan a realizar el Portafolio, debiendo participar del Sistema de Reconocimiento (Carrera Docente), es decir, profesionales de la educación que se encuentren en los tramos Inicial o Temprano del desarrollo profesional docente y que les corresponda por periodicidad y calendarización (Artículo 19Ñ, Ley N° 20.903), podrán perder la asignación por Tramo de Desarrollo Profesional, (Artículo 19P Ley N° 20.903).
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