Como indica la normativa, los y las docentes y educadores/as que se acojan al Artículo 70 ter del DFL N° 1 de 1996, no estarán obligados a rendir el instrumento Portafolio. Sin embargo, deberán mantenerse participando del periodo evaluativo y rendir los instrumentos complementarios de la Evaluación Docente, estos son:
- Autoevaluación,
- Evaluación por Par e
- Informe de Referencia de Terceros
Es importante recordar que este beneficio aplica exclusivamente a la Evaluación Docente y que en este sistema participan solamente docentes y educadores/as dependientes de municipios y servicios locales de educación. |